Para Seguir Mejorando Facultad de Derecho toda

Para Seguir Mejorando Facultad de Derecho toda
La Agrupación “POR LOS PRINCIPIOS UNIVERSITARIOS” congrega a Docentes seriamente comprometidos con el enaltecimiento constante de la Educación Superior en la Facultad de Derecho. La Agrupación en estos años ha respaldado y defendido los cambios emprendidos durante el decanato de la Prof. Dora Bagdassarián y se propone profundizar algunas líneas de trabajo para darle desarrollo, permanencia y continuidad a las transformaciones que vienen operándose.

miércoles, 12 de marzo de 2014

Propuesta programática




I
PRESUPUESTOS


La Educación Superior es un Bien Público

Asumimos, con la  Conferencia Mundial de Educación Superior de la UNESCO (París, julio 2009, reafirmatoria de la Conferencia de 1998), que Educación Superior es un bien público, elemento subrayado por la Ley General de Educación en su artículo  2º, cuando reconoce  el “derecho a la educación, como un bien público y social”.

El  concepto de bien público tiene una serie de derivaciones que corresponde desarrollar.


La Educación Superior en un derecho para todos. Carácter inclusivo

En primer lugar, y en lo fundamental,  siendo un bien público es inherente a su naturaleza ser  un derecho de alcance general: la educación superior demanda una apertura y una universalidad de su goce para todos los ciudadanos.

Esta característica de vincular la reciente formulación de “bien público” con  la universalización y el derecho de todos a la educación superior, se sitúa  muy en la línea histórica de la reforma universitaria latinoamericana  de postular el acceso libre y gratuito a la educación superior.  En el actual contexto económico y social, la educación superior puede así contribuir decisivamente en las políticas de inclusión y de reconstitución de la urdimbre social y cultural.

Esta nota esencial de la educación superior contrasta con las visiones excluyentes propias de una concepción elitista y, en el fondo, privatista. Un bien es publico cuando su acceso no se encuentra restringido o mas aún, cuando su acceso se encuentra facilitado y promovido, aún removiendo nociones prejuiciosas o burocráticas.

La Facultad de Derecho ha hecho seguramente el esfuerzo más innovador en los últimos años en la Universidad de la Republica en relación al objetivo de una formación superior inclusiva  mediante el desarrollo de cursos de Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales para trabajadores en el marco del convenio entre la Universidad de la República y el Instituto Cuesta Duarte. En Educación Permanente, la Facultad de Derecho ha implementado asimismo cursos sobre Derechos Humanos, Derechos de la Infancia, etc abiertos a nuevos destinatarios que no son meramente los egresados, y desde el Decanato se ha promovido una serie de actividades de “Derecho y Actualidad” destinadas a la formación puntual de actores de los diversos sectores de la sociedad.

Corresponde profundizar y sistematizar todas esas acciones.


La Educación Superior del Derecho es un derecho de ciudadanía

Antes que una formación adecuada al mercado, la enseñanza del Derecho debe ser enfocada, como bien público, a la conformación de un sujeto transformador y promotor de los derechos humanos.

El conjunto de carreras que hacen parte de la Facultad de Derecho deben concebir la enseñanza, dentro de las notas de autonomía universitaria, en una decisiva contribución al desarrollo de una sociedad mas libre y solidaria, formando actores capaces de incidir en procesos de evolución que no se agote en la ciudadanía política sino que se dirija hacia una participación consciente y  mayor en procesos sociales y económicos,  constitutivos de la noción cabal de democracia del siglo XXI.


La Educación Superior como formación continua

Un último aspecto derivado de la Educación Superior como bien público se encuentra en la necesidad de dar una respuesta pertinente a la demanda de una  “educación para toda la vida” o la formación continua en todas las carreras de la Facultad de Derecho.

La evolución tecnológica y los procesos de cambios culturales y la diversificación de intereses  y el pluralismo social reclaman que la formación de las carreras en la Facultad de Derecho presten especial atención a estos procesos, que en nada condicen con una formación estandarizada y rígida, propia de visiones tradicionales del docente como profesional exitoso que reparte una porción de su tiempo en “dar un servicio” en “retribución” a lo que la Universidad le prestó en su momento.

La Educación Superior en la Facultad de Derecho entendida como bien publico determina que, siendo un derecho de la persona, pueda ejercerse siempre y en cualquier momento de la vida.

En este punto confluyen en total coherencia la visión de la Educación Superior como  parte de la  necesidad de actualización y de formación permanente para mejor comprender y participar de los cambios y la Educación Superior como derecho  y bien publico social.

 La Educación Superior como bien público es una educación de calidad

Naturalmente que una educación superior de tipo inclusivo, para todos, de acceso promovido,  no es de ningún modo contradictoria con una educación de calidad.

No debe existir ningún tipo de falsa oposición entre una educación de calidad  y una educación para todos, porque de lo que estamos hablando, en definitiva,  es de la calidad de la democracia y de dignificación y cabalidad de la ciudadanía.

La formación de calidad incluye inevitablemente componentes de enseñanza, investigación y extensión. Compartimos lo expresado en un documento de la Universidad de la República  cuando dice que  La enseñanza universitaria apunta a la formación integral de personas críticas y creativas, que no se limitan a aplicar procedimientos conocidos y estandardizados, sino que son capaces tanto de cuestionar rutinas, saberes recibidos y procedimientos moralmente objetables como de contribuir a afrontar problemas nuevos y a construir soluciones originales con fundamentos éticos”.


II
PERSPECTIVAS


Lineamientos para Continuar la transformación en Facultad de Derecho

La Facultad de Derecho ha efectuado en los últimos años una tarea de renovación curricular extraordinaria en las carreras de Relaciones Internacionales y Relaciones Laborales.

Se trata del ejemplo más notable de cambios en una Facultad anquilosada durante años en esquemas curriculares tradicionales que no daban una respuesta adecuada a fenómenos tales como la creciente complejidad de la globalización y su impacto en las relaciones internacionales, y los profundos cambios acaecidos en el mundo del trabajo, fuertemente incididos por las transformaciones laborales provocadas a nivel legislativo y de política  y los desafíos generados por la creciente  competitividad y modificaciones en el modo de producir.

El éxito impulsado desde la actual conducción de la Facultad debe continuar alentando los esfuerzos por completar la renovación hasta alcanzar los Planes de Estudio de las carreras de Abogacía y Notariado, pilares seculares de la Facultad de Derecho.


Elementos a tener en cuenta

La continuidad de la tarea de transformación en la Facultad de Derecho debe sustentarse en una visión holística que comprenda:

a) la realidad social en que debe operar el egresado;
b) el perfil del alumno que ingresa a Facultad;
c) la extensión como forma de enseñanza;
d) la investigación como forma de enseñanza;
e) el perfil del docente;
f) la función del profesional egresado
g) la renovación de los planes de estudio


a)   Una apertura a la realidad social

Cualquier proceso de cambio en la Facultad de Derecho  no debe de dejar de incorporar algunos instrumentos insoslayables de la realidad, como son las vertiginosas transformaciones operadas en los últimos años, como el advenimiento de la sociedad de la información, la  globalización y su revés de la marginalidad, la  revolución biotecnológica, las perspectivas de género, etc. La Facultad de Derecho debe responder a través de una movilización profunda de sus recursos, entre los que se cuenta la reconsideración del proyecto curricular que le permita atender las necesidades que plantea un nuevo perfil de graduado.

La  continuidad de los cambios en la Facultad  debe asumir, además, que nuestro país ha verificado una modificación sustantiva  en los últimos años,  que combina tanto la apertura a la modernidad y un desarrollo y una mejora de los índices de desarrollo humano como  una serie de déficit traducidos en un  mantenimiento de sectores al margen de esas mejoras y ciertas dificultades en la formación requerida para dar continuidad a las demandas del sector productivo.

Algunas iniciativas que ha tomado el decanato en los últimos años van dirigidas a captar ese movimiento cultural y social en su integridad mediante, por ejemplo, las actividades de “Derecho y Actualidad” que abordan segmentos de esos cambios para someterlos al análisis jurídico.


b)   Una formación que tenga en cuenta el perfil del alumno

Cualquier transformación a implementar no debe prescindir de una mirada al destinatário de las acciones educativas, o sea, debe tener em cuenta el perfil del alumno de la Facultad de Derecho.

Un dato inmediato - que surge casi aprioristicamente -  es que en los últimos años ha continuado incrementándose el ingreso de estudiantes a la Facultad, anotándose variaciones en relación a la opción de las diversas carreras que componen la oferta educativa.
Concordamos en general con un documento crítico sobre la  reforma de la formación en Derecho en Brasil,  cuando dice que “la base de alumnos es amplia. La preocupaciones son diversas y las ambiciones amplias. Pero lo que el profesor hace en el aula es pronunciar una conferencia repleta de tecnicismos, cuya arbitrariedad está mal disimulada por su antiguedad. No es ni teoria ni práctica. Por lo común es apenas la repetición de fórmulas doctrinarias de poca o ninguna utilidad: las tres maneras de interpretar la norma tal, las dos escuelas de pensamiento sobre un instituto jurídico, uma profusión injustificada  de preciosismos que no pueden ser recordados porque no pueden ser - en ningún sentido -  practicados. No pueden ser siquiera practicados como uma manera de analizar”.
Y agrega: “el problema central de la enseñanza del derecho es su fijación en un abordaje al mismo tiempo enciclopédico, exegético y escolástico”.

Pero como subraya otro documento de renovación curricular, en este caso de la República Argentina: La universidad cuenta con la principal fuente de renovación permanente: la sistemática incorporación de gente joven. Esta es la clave fundamental del éxito del programa humboldtiano” en lo que se refiere a la universidad como generadora de conocimientos: la combinación de la madurez experimentada con la audacia juvenil; así lo anticipó Humboldt en el texto clásico que escribió para la fundación de la Universidad de Berlín”.

Acercar el mundo docente y sus metodologías (y en algunos casos, sus rutinas) a las realidades propias del lenguaje y la cosmovisión de los jóvenes (y a la vez, abrirse a la innovación que pueda desatarse)  comporta uno de los mayores desafíos para la continuidad del proceso de transformación en la Facultad de Derecho, reto que,  como se ha visto, comparte con otras instituciones del entorno cercano.

c)   La extensión es enseñanza

La compartimentación de la enseñanza con la extensión e investigación no cumple con los objetivos centrales de un programa educativo.

No se trata de instancias separadas sino de elementos que deben encontrarse en una significativa sinergia.  La extensión constituye  una acción que no solamente materializa el compromiso social de la Facultad con el contexto, sino que tiene una altísima importancia para la enseñanza misma, haciendo al estudiante partícipe de realidades de las que muchas veces el estudiante se encuentra ajeno.

Las ventajas que la extensión puede desatar en la renovación de los planes de estudio no se agotan en la enseñanza de grado. En el plano de las actividades de Educación Permanente y Posgrado, el encuentro con ambientes y problemáticas representativas del curso de lo social es también una oportunidad de desatar sinergias relevantes y virtuosas, fomentando la actualización y renovación de los contenidos y métodos de enseñanza y una incanjeable aproximación a la realidad social.

d)   La investigación en los planes de estudio

 Otro tanto puede decirse de la incorporación con mayor peso de la investigación en los planes de estudio. En los cursos libre controlados la oportunidad de elaborar una monografía es casi la única instancia de un esbozo de investigación disciplinar por parte de los estudiantes. Sin negar la importancia que reviste esa práctica, debe incentivarse este costado de la enseñanza, en tanto determina un espacio para el protagonismo estudiantil y un apartamiento de las visiones estrechamente profesionalistas de la enseñanza del Derecho.


e)   El perfil del docente

La continuidad de la transformación  en la Facultad de Derecho debe alcanzar a ciertos cambios en el perfil del docente.

La mas alta dedicación y el agregado más consistente de las funciones interconectadas de extensión e investigación como parte de la tarea docente son elementos que deben hacer parte de esos cambios.

En las últimas dos gestiones del Decanato se ha promovido una serie de medidas que han dignificado y reconocido la labor docente merced a una política de concursos y ascensos que han mejorado ciertamente las condiciones de desempeño de las tareas  y el escalafón docente.

No deben dejar de anotarse, asimismo, los diversos arreglos y adquisiciones  en equipamiento en las aulas y las mayores comodidades emergentes de la renovación mobiliaria. Mención especial debe hacerse del acondicionamiento de la Sala Pablo de María para la emisión de videoconferencias y exhibición del ciclo de  cine sociojurídico.

El cambio que se propone necesita de un proceso de concientización de los docentes acerca de las oportunidades que pueden generarse a partir de un mayor compromiso con la tarea de enseñanza e investigativa, así como de una modificación profunda de los métodos  y las acciones de formación docente que se despliegan en la Facultad.


f)     La función del profesional egresado

La falta de renovación de los estudios de Derecho desde la recuperación democrática se ha comenzado a revertir, según viene de decirse, a partir de los cambios curriculares en las Carreras de Relaciones Internacionales y Relaciones Laborales.

Urge por tanto dar continuidad a esas transformaciones producidas durante las últimas dos gestiones, dado que una sociedad en transformación necesita de operadores jurídicos competentes y comprometidos con el sentido hominizador de los cambios y con la plena vigencia de los derechos humanos.

En los últimos años se viene constatando uma pérdida de presencia de los profesionales del derecho en los  diversos ámbitos de la vida política y social, proceso que ha derivado, en algunos casos, en el debilitamiento de la calidad normativa de la regulación social.

Los profesionales del Derecho han quedado muchas veces marginados de los grandes debates nacionales, asignándoseles en muchos casos la simple tarea de amanuenses o de escribas com escasísima incidencia em los procesos en curso.

Por el contrario, es de esperar que la función del profesional del Derecho sea acompañar, aportar, criticar a partir de su conocimiento específico  con énfasis en la consigna de “aprender a aprender”, identificado los institutos jurídicos fundamentales,  desarrollando competencias propias del razonamiento jurídico y asumiendo, definitivamente,  la necesidad de la educación permanente y la profundización en posgrados.

g)   Modificación de los Planes de Estudio

Conjugando todas estas contribuciones,  la modificación de los planes de estudio configura una “materia pendiente” que retroalimenta los demás elementos puestos en consideración.
Hay algunos pilares fundamentales de ese proceso, entre los cuales debe figurar la flexibilidad,  armonización y articulación del conjunto curricular, la integración de funciones universitarias, la integración disciplinaria y profesional, la articulación teórico – práctica, la atención a la formación general y la creditización.

Estas bases, que resultan de la Ordenanza de Estudios de Grado, fueron empleadas con éxito en la confección de los planes de Relaciones Internacionales y Relaciones Laborales, que se ajustaron perfectamente a esos requerimientos. Ahora corresponde su puesta en obra en Abogacía y Notariado, para lo cual la actual conducción de la Facultad cuenta con la experiencia de haberlo ensayado en las mal llamadas carreras “menores”.

No debe soslayarse la importancia que reviste en nuestro caso el rediseño de los contenidos de las asignaturas (programa de los cursos) y la renovación metodológica que profundice la utilización de recursos derivados de las TIC, como ocurre con el creciente impulso que se ha dado a la plataforma EVA.

Si bien la modificación de los planes de estudio es una tarea colectiva de la que deberán ser partícipes estudiantes, docentes y egresados – el conjunto de la comunidad académica de la Facultad – no deben dejar de anotarse algunos lineamientos generales.

Parece consolidarse la modalidad de estructuración de los procesos de enseñanza en ciclos a partir de: a) un módulo general, preferentemente interdisiplinar, que se aplique al conjunto de las carreras que se imparten en la Facultad de Derecho; b) un ciclo de contenido disciplinar básico y propio, circunscripto a la carrera específica de que se trate;  y c) finalmente una etapa de  apertura opcional para una mayor participación del estudiante en la orientación que tenga en cuenta sus preferencias personales, combinada con la realización de talleres, prácticas, etc.

Dicha modulación deberá permitir un ensamble adecuado con los estudios de posgrado y de educación permanente, de modo que desde el inicio se trace el andarivel por donde transcurrirá, sin sobresaltos,  la educación permanente o a lo largo de toda la vida.

En ese trayecto la iniciativa y participación activa del estudiante ha de ser fundamental ya que la construcción de pluralidad de vías de acceso al conocimiento y al desarrollo de las capacidades y competencias es una nota esencial de los actuales procesos de enseñanza.

Esta última instancia de los estudios curriculares debe corregir cierta deficiencia que se anota en la actualidad en alguna de las llamadas materias opcionales, las que además deben guardar correlato con el recorrido individual del estudiante, dentro de un marco de orientación en áreas de interés jurídico preponderante o que la Facultad considere desarrollar por su impacto social. En definitiva, el último ciclo debería tender a desarrollar contenidos disciplinares más profundos y/o novedosos, merced a una propuesta diversificada y concentradora de los esfuerzos de la práctica jurídica en un área de singular interés para el estudiante.

La renovación curricular deberá incorporar asimismo el estudio de idiomas como el ingles y/o portugués en su dimensión jurídica.  Los profesionales del derecho deben contar como competencias básicas a la comprensión de textos en alguno de estos idiomas, tanto desde el ángulo académico - por la profusión de literatura jurídica en esas culturas -  como por el desempeño profesional en un mundo globalizado.





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